miércoles, 16 de octubre de 2019

Un fallo autorizó el regreso de los fuegos artificiales a las playas de Pinamar

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(La Nación) Durante más de dos décadas el show fue un clásico de la costa de Pinamar en cada inicio de año. Residentes y turistas apuraban la cena del 31 de diciembre para cargar bebidas en la heladera portátil, unas cuantas copas y, brindis de por medio, con cientos de familias repartidas por los balnearios, ver cómo el mar se llenaba de colores con los fuegos artificiales que iluminaban el cielo. Un espectáculo avalado por el municipio y continuado por el público, durante la madrugada y en toda la ciudad.

Suspendido hace más de dos años por una ordenanza que buscó proteger a los bosques de posibles incendios y a los animales de las explosiones, el uso de pirotecnia vuelve a ser posible en Pinamar debido a una resolución judicial que declaró inconstitucional aquella prohibición. Desde el municipio se afirmó a LA NACION que apelarán la medida.

La resolución del juzgado contencioso administrativo de Dolores responde a una medida cautelar presentada por la Cámara Argentina de Empresas de Fuegos Artificiales (Caefa) porque entendía que la restricción aplicada por ese municipio afectaba la actividad lícita de un sector que, a nivel nacional, genera unos 60.000 puestos de trabajo de manera directa e indirecta.



Lo resuelto está en sintonía con otras medidas de similar tenor sobre la misma cuestión iniciada contra otras gestiones comunales, entre ellas, una de la Suprema Corte de la provincia de Buenos Aires, que declaró inconstitucional una prohibición de venta y uso de pirotécnica implementada en General Alvarado, unos 40 kilómetros al sur de Mar del Plata.

Los fabricantes de pirotecnia argumentan que la que desarrollan es una actividad regulada, legítima, legal y segura, por lo que deberían existir mayores impedimentos para la producción, venta y uso de sus artículos, que en todos los casos se expenden en comercios que estén habilitados para el rubro por las autoridades de cada jurisdicción.

"En los municipios donde se dispuso este tipo de suspensiones, previo a la presentación judicial, se buscó antes una instancia de diálogo para que deroguen esas normas", explicó a LA NACION el director de Relaciones Institucionales de Caefa, Ezequiel Asquinasi.

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Por la misma vía judicial se revirtieron otras prohibiciones similares implementadas en los municipios de Rivadavia y Santa Lucía, en San Juan, y en los distritos bonaerenses de Quilmes, Magdalena y Chascomús. En Las Flores y Florencio Varela los gobiernos comunales decidieron derogar esas restricciones para la venta y el uso de pirotecnia.

Esta última resolución que alcanza a Pinamar ordena la suspensión de la ordenanza Nº 5106/2017; la considera violatoria de los artículos 9, 10, 11, 12, 14, 16, 17, 21, 28, 75, 121 y 126 de la Constitución Nacional, también de la ley nacional 20.249 y el decreto 302/83. La Justicia deja constancia de que "no puede haber mayor interés público que el irrestricto respeto de las normas constitucionales, internacionales y legales". "Se satisface plenamente el interés público, cuando la misma administración se adecua y cumple acabadamente lo dispuesto en el bloque de legalidad que la rige, respetando los derechos que encuentran amparo en nuestras Constituciones nacional y de la provincia de Buenos Aires", añade.

Desde Caefa argumentan que lo resuelto por la Justicia es "un alivio" para la industria, sus trabajadores y familias que de ella dependen. Y sostienen que autorizar el comercio y uso de pirotecnia, con los controles y habilitaciones que se exigen para el ramo, es "un golpe para una actividad clandestina que crece donde hay prohibiciones".

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