martes, 24 de julio de 2012

La complicidad que garantiza la impunidad


Por Mariana Dufour
El Cargo XXVI de la Ordenanza aprobado por el Concejo Deliberante que dispuso la destitución de Blas Altieri tiene al entonces furtivo y casi desconocido abogado externo municipal, Carlos Oricchio, como protagonista necesario…el mismo que hoy lo defiende, o pretende defenderlo, de los innumerables actos de corrupción calificados de “grave” por el Cuerpo. Teniendo en cuenta las relaciones que el abogado supo tejer a lo largo de los años con importantes actores de la política y la magistratura como Eduardo Duhalde y Eduardo De Lazzari, no habrá sido menor para Altieri atender bien a su socio y amigo, Carlos Oricchio.
Según el documento elevado por la Comisión Investigadora al HCD, si bien Oricchio renunció hace dos meses a su mandato, “continúa representando a la municipalidad en los juicios de apremio iniciados antes de su renuncia, violando lo prescripto por las reglas”. Es decir, el intendente “sigue violando las normativas, resoluciones, dictámenes y doctrina de los órganos superiores y de control provinciales”.
Una de las razones por las cuales el HCD puede destituir a un mandatario son negligencias reiteradas lesivas al interés patrimonial del municipio. Es interesante aclarar que, en este proceso no corresponde determinar si esa falta de cuidado o interés “es con intención o no”. Sólo se debe juzgar si existió negligencia y si ella es reiterada y lesiva al erario municipal.



Acciones lesivas por partida doble
Tal como fue denunciado una y otra vez por el periodismo local, según lo considerado por el HCD, el acuerdo sostenido por la comuna con el estudio de Oricchio durante 28 años, no solo ha perjudicado al erario municipal en millones de pesos sino a cada contribuyente, que se vieron entrampados en una complicada trama de reglas pensadas para el solo beneficio de Oricchio.
El Decreto Nº 582 de 1994, firmado por Altieri “y que se mantiene vigente”, establece que el Departamento Ejecutivo derivará al contribuyente moroso al Estudio de Oricchio, quedándole prohibido a la Municipalidad el cobro directo de la deuda. Es decir, “el Municipio se auto-inhibe del cobro de la deuda, derivando en un tercero (que ni siquiera tiene la responsabilidad que le cabe a los funcionarios públicos) la gestión de cobro y, también, la percepción misma de la deuda”.
Para ser claros: el contribuyente, antes de haberse iniciado el juicio de apremio, por el sólo hecho de haberse derivado el titulo al apoderado externo, ya tiene impedido pagarle a la municipalidad y se tiene que hacer cargo de los gastos, sin haber tenido la posibilidad de defenderse. Léase: Acciones lesivas para el patrimonio municipal y para el contribuyente.
A esto se suma que, el intendente, haciendo gala de su intima relación con el apoderado externo, “nunca le exigió fianza” y el letrado nunca la dio. La Comisión Investigadora “ha comprobado, también, la prioridad de cobro de los honorarios del profesional por sobre el pago del importe ejecutado por apremio”.
Ante esta desventajosa situación para la Comuna, en varias oportunidades el HCD de Pinamar derogó la ordenanzas tan beneficiosa para Oricchio instando a Altieri a limitar las contrataciones de abogados externos y a que se impulsaran los juicios de apremio con abogados en relación de dependencia. Sin embargo, Altieri “siempre vetó esas ordenanzas”, manteniendo un régimen distinto al indicado por la normativa provincial.
Más beneficios para Oricchio
El informe de la Comisión Investigadora asegura, también, que Altieri “se aparta de la regulación judicial de honorarios y permite al mandatario externo percibir del contribuyente moroso desde un 10% de la suma total reclamada hasta un 20% en concepto de honorarios. Recién después de que el contribuyente moroso manifieste su disconformidad con esos porcentajes podrá recurrirse a la fijación judicial”. Es esta irregular situación la que ha provocado las denuncias de los contribuyentes afectados.
A esto se suma que Oricchio nunca fue obligado a informar en los tiempos debidos a la autoridad municipal  sobre el estado judicial de los apremios a su cargo.
Una causa penal que los preocupa
Recordemos que la situación de Altieri y su abogado defensor aparece aun más comprometida como consecuencia de la Causa penal Nº 5279/10. En esta causa, que se tramita ante el Juzgado de Garantías Nº 3 del Departamento Judicial de Dolores, se le imputan a Altieri delitos agravados en la figura de la Asociación Ilícita en conjunto con Oricchio. Dicha causa involucra, entre otras cosas, la oscura adquisición de un subsidio provincial de $2 millones de pesos en 2000 para la construcción de viviendas sociales que, finalmente, no fueron tales y que involucra a otro ex funcionario y hombre de confianza de Altieri: el falso ingeniero Luis Abruzzesse.
Finalmente, y según el informe elaborado por el HCD, “los argumentos que fundamentan la defensa expuesta  por el Intendente suspendido, no han desvirtuado, ni siquiera disminuido, su grave y directa responsabilidad en los hechos que se le imputan”.
El 9 de abril pasado se inicio una investigación que, tanto para el  intendente como para varios de sus funcionarios, abrió una caja de Pandora denunciada por Ventoso desde hace tiempo.
El nerviosismo abruma al ex mandatario, a su defensor que, al defenderlo se defiende a si mismo, y a sus hombres de confianza que, en realidad, son sus hombres en la complicidad. Una estrategia que garantizó al ex mandatario años de silencio y lealtad.

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